¿Cuáles son los derechos del trabajador si sufre mobbing?
El acoso laboral o mobbing, es más común de lo que pensamos. Influye sumamente en la persona que lo sufre y atenta contra los derechos personales de la persona trabajadora y contra los derechos laborales. La causa del problema, reside en que en diversas empresas, sus directivos no se encuentran del todo sensibilizados con este tipo de problemas ni cuentan con las herramientas necesarias para poder afrontar el problema. Asimismo, las personas se encuentran en estado de indefensión, debido a que denunciar estos casos ante la empresa, puede perjudicar a la víctima en su entorno laboral.
¿Cómo se debe actuar?
Lo más importante es que la víctima conozca cuáles son los recursos que dispone para poder denunciarlo. En este caso, la Ley ampara, frente a su acosador y la empresa en el caso de que no responda a la denuncia debidamente. Para ello, se deben seguir una serie de pasos:
- Baja médica. En el caso de que el acoso llegue a afectar a la estabilidad emocional y psicológica, se debe acudir al médico del Centro de Salud que corresponda para poder solicitar una baja médica.
- Dirección de la empresa. Con la baja médica o sin ella, la víctima deberá denunciar los hechos ante la empresa y por escrito, guardando además una copia que certifique que el documento ha sido recibido por parte de la empresa y así, tendrá conocimiento de la situación vivida. En grandes empresas o multinacionales, se deberá hacer en la dirección de Recursos Humanos o Personal, aunque también sería conveniente acudir al comité de empresa. En el caso de las pequeñas, deberás dirigirte ante el director. Ellos deberán abrir una investigación objetiva para observar si resulta conveniente despedir a la persona acosadora. De este modo, beneficiará a la empresa, ya que repercutirá en el bienestar de la víctima.
- Acciones legales. La víctima de acoso, debe denunciar ante los tribunales este tipo de hechos, tanto por la vía civil, como por la penal. En el caso, de que la empresa no haga nada ante la denuncia, deberá denunciarlo por la vía laboral, penal y civil. Antes de que se denuncien los hechos, es importante acudir a una bogado para que redacte el informe de denuncia. En ese momento, la víctima exigirá la presencia de su asesor legal en cualquier reunión. El asesor legal será de gran utilidad para tomar decisiones sobre la vía legal por la que interponer la denuncia contra su acosador y la empresa, especialmente cuando el primero es el empresario.
¿Cómo actuar dependiendo del tipo de vía?
En el caso de la vía penal, el acoso laboral implica delitos de coacción o amenazas. Además, se puede demandar a la empresa cuando no tome medidas, tal y como hemos señalado anteriormente. En la vía de lo social, se usará en caso de que el acosador sea el empresario, para obtener la extinción del contrato laboral y pedir el resarcimiento. Por la vía civil se pueden entablar acciones de responsabilidad extra contractual contra el empresario y el agresor.
A través del contencioso-administrativo, se acudirá en caso de que la víctima del acoso laboral sea un funcionario público y el acosador, un superior o compañero de trabajo. Se deberá reclamar a sus superiores jerárquicos para que tomen las medidas oportunas que eviten el daño. Si en tres meses no se ha respondido positivamente, se podrá interponer una denuncia ante la jurisdicción contencioso-administrativa para poder pedir la ejecución de esas medidas y la indemnización debida por daños y perjuicios.
En caso de que el acoso laboral haya causado en la víctima una enfermedad laboral que le inhabilite para poder trabajar, tendrá derecho a que la Seguridad Social le reconozca la pensión debida. Si la enfermedad no aparece en la lista de las que pertenecen a las profesionales, será obligatorio presentar informes médicos de especialistas en psiquiatría o psicología clínica. En cualquier caso, es una lástima que sigan existiendo abusos de este tipo, por lo que la responsabilidad recae directamente en la empresa, quien debe cortar de raíz el problema.
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